jueves, 3 de junio de 2010

Nuevas leyes para la nueva ciudad

NUEVA NOMENCLATURA LEGAL DERIVADA

ZVEA_Zona Verde en Altura.

Zona declarada como espacio verde continuo en altura, con densidades de espacio ajardinado en cubierta superiores al 50% del espacio construido o de nueva planta. Recogidos en el Pgou y planes de tango inferior.

SECP_Sistema de Espacios Públicos en Cubierta

Conjunto de espacios públicos desarrollados en cubierta con grandes superficies ajardinadas reguladas según sectorización de la ciudad.

PIEPC_Pasarelas de Intercomunicación entre Espacios Públicos de Cubierta

Sistema de pasarelas en altura para la intercomunicación de los espacios libres creados en cubierta, regulados según densidades estimadas.

SCLTR_Sistema de Comunicación Local por Tapiz Rulante

Sistema de comunicación resuelto mediante cintas transportadoras destinadas al transporte de ámbito local definido en el PGOU de Sevilla.

SCGT_Sistema de Comunicación General por Teleesféricos

Sistema de comunicación mediante implantación de telesillas en altura para comunicación de ámbito general de la ciudad definidos en el PGOU de Sevilla.

BMTP_Bono Mensual de Transportes Públicos

Titulo de transporte mensual para los sistemas SCLTR y SCGT.

ORDENANZAS MUNICIPALES Y MEDIDAS LEGALES

-Los edificios de nueva planta proyectados para la zona del centro histórico de la ciudad, declarada como ZVEA, y cuya superficie en planta de cubierta sea igual o superior a 300 m2, deberán destinar la última planta permitida , según la figura de planeamiento competente, para la implantación de un terrario capaz de albergar especies vegetales de gran porte incluidas en la zonas ajardinadas de los SEPC de implantación obligatoria y que definiran al menos el 70% del plano superior.

-Aquellas rehabilitaciones programadas para edificios situados en zonas ZVEA y que no estén expuestas a planes especiales de protección del patrimonio histórico, quedaran sujetas a la normativa reguladora de construcciones de nueva planta en cuanto a la implantación de SEPC se refiere.

-Los edificios o conjuntos de edificios que alberguen un SEPC en continuidad de dimensiones superiores a 900 m2, deberán destinar parte de su superficie a albergar un sistema de comunicación vertical que permita el acceso desde la cota inferior de la ciudad dimensionado según superficie en planta de cada edificación.

-Aquellas personas que mensualmente superen un numero mínimo de desplazamientos en los sistema de transporte público implantados, SCLTR y SCGT, acumulados en un mismo BMTP, como forma de incentivar su uso, serán compensados con medidas impuestas por la administración competente en cada caso y que otorgaran al titular en cuestión descuentos o regalos de distinta índole. En cada caso las prestaciones para un determinado periodo serán publicadas con suficiente antelación.







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